Aportar bienes privativos a la sociedad de gananciales puede ser fiscalmente ruinoso

En ocasiones una demostración de amor, el querer poner a nombre del marido o la esposa un bien privativo de uno de ellos, puede ser fiscalmente ruinoso. Así lo ha recordado la Dirección General de Tributos en una reciente consulta.

Nos referimos en concreto a la aportación de bienes privativos de uno de los cónyuges a la sociedad de gananciales. ¿Cómo tributa? ¿Es indiferente que el bien se aporte de forma gratuita o a cambio de precio?

Normalmente cuando un contribuyente se plantea la aportación de un bien privativo a su sociedad de gananciales, la primera opción es hacerlo de forma gratuita. Parece a priori feo exigir al cónyuge una contraprestación por cederle la mitad del bien.

Sin embargo dicha opción, tal y como acaba de recordar la Dirección General de Tributos, puede resultar fiscalmente ruinosa, si tenemos en cuenta que la referida cesión tributará como donación, y no podrá beneficiarse de bonificación alguna. La base imponible será el 50% del bien (que es lo que se dona), y el sujeto pasivo será el cónyuge que pasa a ser titular de dicho porcentaje del bien donado. Ello es así porque aunque la donación se realice a la sociedad de gananciales, esta no tiene personalidad jurídica ni condición de sujeto pasivo en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Por el contrario, si la aportación a la sociedad de gananciales se realiza a cambio de un precio o contraprestación, la operación quedará sujeta (pero exenta) al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. No obstante, en este caso surgirá la obligación de abonar una contraprestación, que podrá ser simultánea a la aportación, o anterior o posterior, naciendo en estos casos un derecho de crédito del cónyuge aportante contra la sociedad de gananciales, que será exigible en el momento de la disolución de la sociedad.

Dos opciones en definitiva, con dos tributaciones totalmente diferentes. Corresponde al contribuyente decidir, aunque es conveniente estar bien asesorado para analizar las particularidades que pueden darse en cada caso.