No le diga a Hacienda que se equivocó: Le sancionará sin piedad

Es frecuente que el contribuyente, asustado ante una actuación de la Administración Tributaria, reconozca la comisión de un error (naturalmente involuntario) a la hora de confeccionar su declaración, con el fin de evitar la imposición de una sanción, que agravaría más si cabe el perjuicio económico que se le viene encima. De este modo el cándido contribuyente, o muchas veces su cándido asesor, consideran que el reconocimiento de un error, el acreditar a la Administración que no ha sido adrede, puede enternecer a Hacienda, eximiéndole de la imposición de la sanción.

Pues bien, la forma de actuar ante la Agencia Tributaria ha de ser realmente la contraria, no esperando en ningún caso tratos de favor, o consideración alguna por reconocer la culpa. Y se ha de tener en cuenta que toda la información que usted le aporte a la Hacienda Pública, será utilizada en su contra.

En concreto, y en lo que a la imposición de sanciones se refiere, se ha de tener en cuenta que según lo previsto en el artículo 183 de la Ley General Tributaria, "Son infracciones tributarias las acciones u omisiones dolosas o culposas con cualquier grado de negligencia que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta u otra Ley".

Evidentemente, el reconocimiento por parte del contribuyente de la comisión de un error, supone cuanto menos la existencia de negligencia, por mínima que sea, en su actuación. Por ello, si reconocemos ante la Agencia Tributaria la existencia de dicho error, estaremos facilitando en gran medida la imposición de la sanción, y dificultando la posterior defensa jurídica de la misma ante los Tribunales.

Y lamentablemente la anterior interpretación no es obra de la Dirección General de Tributos, sino del propio Tribunal Supremo, que una recientísima sentencia de marzo de este año ha confirmado esta doctrina jurisprudencial, presente ya en una sentencia anterior del año 2004.

Es importante por tanto estar bien asesorado, tener presente que ante la Agencia Tributaria no caben actitudes tibias y mansas, de las que no se va a obtener fruto alguno, y asumir que la solución a las imposiciones de Hacienda normalmente solo van a tener solución acudiendo a los tribunales en defensa de sus derechos.

Como ya hemos dicho en otras ocasiones, ¡No se conforme, ¡plántele cara a Hacienda!