El diario EL MUNDO se ha hecho eco de esta sentencia en su edición del sábado 15-2-2014
Si usted, empresario o profesional, recibe una carta de Hacienda indicándole que ha cometido errores a la hora de practicar las retenciones de IRPF a sus empleados, no tire la toalla. El TSJ de la Comunidad Valenciana acaba de estimar un recurso, dirigido por nuestro despacho, imponiendo a Hacienda el deber de explicar al contribuyente cómo calcular las retenciones correctamente.
Y es que normalmente, en estos casos, Hacienda se limita a remitir al contribuyente una propuesta de liquidación indicándole que no ha calculado correctamente las retenciones de sus trabajadores. Para corroborar dicha información, dicha propuesta viene acompañada de un listado de los trabajadores cuyas retenciones están mal practicadas, indicando simplemente cuál es la retención que se les ha aplicado por la empresa, y cuál es la correcta según los cálculos de la Administración.
Hacienda sin embargo, no explica la forma en que ha calculado las retenciones, indicando simplemente el resultado a su juicio correcto. Entendimos en su día, y así lo planteamos ante el TSJ de Valencia, que dicha actuación no es de recibo, ya que obliga al contribuyente, que en su día calculó las retenciones teniendo en cuenta todos los datos personales y familiares del trabajador, a tratar de desentrañar de dónde ha sacado Hacienda ese importe de retenciones, presuntamente correcto.
Las posibles alegaciones del contribuyente en relación a la corrección de sus cálculos caen en estos casos, en saco roto y la propuesta de liquidación es confirmada. Hacienda ya tiene su resultado correcto, y todo lo que no lo iguale no sirve. El contribuyente tiene que seguir buscando hasta que logre determinar dónde está su error.
Pues bien, finalmente el TSJ ha estimado nuestras alegaciones, entendiendo que en estos casos el contribuyente "desconoce los criterios de cálculo de dichas retenciones pues solo se le da a conocer el resultado final y por todo ello no cabe efectuar control de legalidad alguno sobre la liquidación practicada por la Administración ni cabe que la actora ejercite frente a la misma el derecho de defensa que le corresponde, pues el mero dato de un resultado impide el escrutinio sobre su cálculo".
Estamos pues ante una buena noticia para el contribuyente, que permitirá anular muchas liquidaciones dictadas por Hacienda en relación a retenciones erróneamente practicadas. Si hasta ahora el contribuyente podía librarse de la sanción por los errores en las retenciones que no entrañaran perjuicio para Hacienda, a partir de ahora también podrán anularse las liquidaciones (y en este caso, independientemente de la existencia o no de dicho perjuicio).
Sin embargo, para obtener este resultado favorable al contribuyente hay que ser muy cauto en el procedimiento administrativo ante Hacienda, no estropeando con alegaciones inoportunas, o aportando documentación que pueda comprometer al contribuyente, la posibilidad de éxito del futuro recurso.
Por ello si usted ha recibido una carta de Hacienda por este tema consúltenos sin compromiso antes de dar cualquier paso. Entonces sí, con bastante probabilidad, su problema puede tener solución. Y ello, con independencia de si las retenciones, finalmente, se practicaron correcta o incorrectamente.