Los resultados obtenidos en el juego online, o presencial, se consideran variaciones en el valor del patrimonio, que los contribuyentes deben incluir en su declaración del IRPF. Actualmente, la Agencia Tributaria no suele poner pegas a la compensación de las pérdidas del juego, hasta el límite de las ganancias. Sin embargo, no pasa lo mismo con las pérdidas obtenidas en ejercicios anteriores a 2012. Esta situación, no obstante, parece estar cambiando. Si recurrió en su día la denegación de pérdidas de ejercicios anteriores a 2012, y todavía no ha recibido resolución, este artículo le interesa. (Publicado en Cinco Días - Web Gaming Intelligence)
Como hemos afirmado, desde el año 2012, con la entrada en vigor de la Ley 16/2012, ya nadie discute la posibilidad de deducir las pérdidas del juego, aunque con ciertos límites. Sin embargo, los contribuyentes que obtuvieron pérdidas antes de 2012, no tuvieron la misma suerte. No obstante, si recurrieron la decisión administrativa que les negó la posibilidad de deducir las referidas pérdidas, anteriores a 2012, las resoluciones judiciales a las que haremos referencia, aún podrían serles de aplicación.
¿CÓMO COMPENSAR LAS PÉRDIDAS DEL JUEGO ONLINE? OJO, QUE HAY LÍMITES
El régimen fiscal de las pérdidas derivadas del juego online, y presencial, viene regulado en el artículo 33.5.d) de la Ley del IRPF, que en su redacción vigente hasta 31-12-2011 disponía que no se computarán como pérdidas patrimoniales las obtenidas en el juego.
Con efectos desde el 1-1-2012, la Ley 16/2012 aclaró que las pérdidas del juego eran deducibles con el límite de las ganancias obtenidas en el ejercicio. Por tanto, los contribuyentes deben tributar por la ganancia neta. Y, en consecuencia, no hay por qué tributar por el importe total de los premios, sin compensar las apuestas realizadas.
Es importante recordar en cuanto a la compensación de ganancias y pérdidas, que es necesario que sean de la misma naturaleza y correspondan al mismo periodo impositivo.
Pero, ¿qué pasaba que con las pérdidas obtenidas antes de 2012? ¿Era posible su compensación?
En relación a estas pérdidas, Hacienda entendió que la Ley 16/2012, en realidad, no aclaró la normativa anterior hasta entonces vigente, sino que la modificó. Por ello, la Dirección General de Tributos ha venido considerando que las pérdidas obtenidas antes de 2012 no eran nunca deducibles.
Sin embargo, algunos Tribunales no comparten totalmente esta interpretación de Hacienda.
LOS TRIBUNALES, A FAVOR DE PERMITIR LA COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS DEL JUEGO ONLINE, INCLUSO ANTES DE 2012
A pesar del criterio adoptado por Tributos, ciertos Tribunales no comparten su valoración. En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y, más recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha han dictado sentencias en relación a esta cuestión.
En dichas sentencias, afirman claramente que, la modificación de 2012 únicamente pretendía aclarar el régimen fiscal del juego en relación a las pérdidas y fijar la interpretación del artículo 33.5 d) de la Ley del IRPF. Por tanto, el criterio de compensación de pérdidas, hasta el límite de las ganancias obtenidas en el juego en un mismo ejercicio, es también aplicable a las obtenidas en ejercicios anteriores a 2012.
Añaden en sus resoluciones que, la redacción legal anterior a 2012, sólo pretendía excluir del cómputo, las pérdidas que excedieran de las ganancias, pero no el total de las pérdidas, como ha venido interpretando la Agencia Tributaria.
Por tanto, entienden estos Tribunales que las pérdidas derivadas del juego siempre han sido deducibles (antes y después de 2012), y compensables con las ganancias obtenidas del propio juego, sin que el resultado pueda ser negativo.
¿CÓMO AFECTAN ESTAS SENTENCIAS A LOS CONTRIBUYENTES?
Estas sentencias abren la puerta a que aquellos contribuyentes que tengan un recurso planteado contra la negativa a compensar las pérdidas anteriores a 2012, puedan invocar en el procedimiento tal compensación. Aunque las sentencias dictadas no vinculan a otros Tribunales Superiores de Justicia, sí que añaden argumentos adicionales a los planteados hasta la fecha, respaldados además judicialmente.
Por otro lado, si algún contribuyente no compensó las pérdidas derivadas del juego, online o presencial, en sus últimas declaraciones de IRPF, todavía puede hacerlo. En este momento, es posible rectificar las declaraciones presentadas en relación a los ejercicios 2017, 2016, 2015 y 2014, solicitando la devolución de ingresos indebidos.