La venta de automóviles usados se ha incrementado notablemente en los últimos tiempos. La falta de crédito para comprar un vehículo nuevo sigue siendo uno de los principales motivos por los que el interés por los automóviles de segunda mano aumentó. No obstante, la desconfianza que este tipo de operaciones suscita constituye un obstáculo que puede salvarse tomando ciertas cautelas.
Lo primero que deberá comprobarse, al margen de cuestiones mecánicas relacionadas con el estado del automóvil que será imprescindible revisar, es si el vehículo que se pretende adquirir se encuentra libre de cargas solicitando la nota correspondiente en el Registro de Bienes Muebles. Si el vehículo tiene reserva de dominio porque se compró en su día a través de una entidad financiera, que mantiene ese derecho a su favor, habrá que cancelar dicha reserva pues de lo contrario no podrá venderse ni Tráfico tramitará el cambio de titularidad. En ocasiones puede subsistir la reserva de dominio aunque se haya liquidado totalmente el importe con la financiera, debiendo llevarse a cabo igualmente dicho trámite.
No estará demás solicitar un informe a Tráfico para comprobar las cargas, multas, etc. que puedan gravar el vehículo al objeto de evitar sorpresas, y constatar que el vendedor está al corriente de pago del impuesto de circulación de todos los ejercicios no prescritos, recabando dicha información del Ayuntamiento. Además resultará muy oportuno solicitar al vendedor un justificante que acredite que el automóvil se encuentra revisado reglamentariamente por la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), habiendo sido el resultado de la última inspección favorable.
Una vez tomada la decisión, el vendedor deberá facilitar toda la documentación del vehículo (tarjeta ITV, permiso de circulación, etc.), una fotocopia de su DNI, una copia del contrato de compraventa y la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmadas por él, al objeto de que el comprador pueda inscribir a su nombre el automóvil en Tráfico. Previamente será necesario que éste liquide el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y pague en Tráfico las tasas correspondientes para proceder al cambio de titularidad.
Finalmente, recordar que si el vehículo ha sido adquirido en un establecimiento, el comprador dispone de un año de garantía mínimo para reclamar los vicios ocultos que pudieran aparecer, y de seis meses en caso de que el vendedor sea un particular.
En todo caso, ante cualquier cuestión que pueda plantearse al respecto, no dude consultarnos para que podamos asesorarle debidamente.