Donaciones en la Comunidad Valenciana: ¿Por qué debo hacerlas antes de final de año?

Sucesiones y Donaciones

 Se avecinan novedades en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana. El actual Gobierno autonómico ya anunció en su día que la reforma fiscal de este impuesto quedaba aplazada para 2017, pero no relegada. Ante el incremento de la carga fiscal de este impuesto, vigente a partir de enero, especialmente, en lo que a las donaciones entre parientes se refiere, muchos contribuyentes se preguntan si es conveniente realizar una donación ahora, antes de final de año, o esperar a 2017.

 

 

Hasta ahora, las transmisiones mortis causa (herencias), se beneficiaban de una reducción de 100.000 euros en la base imponible para los herederos mayores de 21 años, y de 156.000 euros si no alcanzan dicha edad. Esta reducción se mantiene en la norma que se aplicará a partir del 1-1-2017, actualmente en tramitación.

 

No pasa lo mismo con la bonificación por parentesco, que actualmente es del 75% sobre la cuota del impuesto. A partir del próximo mes de enero sólo se mantendrá para los herederos menores de 21 años, y se reducirá a tan sólo un 50% para el resto de familiares del causante.

 

Si hablamos de transmisiones inter vivos (donaciones), las modificaciones que se pretenden aprobar son aún más drásticas. La norma en tramitación aboga por mantener la reducción de 100.000 euros en la base imponible (156.000 euros si el donatario es menor de 21 años). Sin embargo, se reduce de forma notoria el patrimonio preexistente máximo, que el donatario debe tener para poder beneficiarse de la reducción. Si hasta ahora, podían aplicar la reducción los donatarios con patrimonio preexistente inferior a 2.000.000 de euros, a partir de 2017, dicho límite quedará fijado en tan sólo 600.000 euros.

 

Además, y en lo que a la bonificación en la cuota del impuesto se refiere, que hasta ahora era del 75% (con el límite de 150.000 euros), la norma en tramitación es todavía más contunde, y apuesta por su supresión.

 

Es evidente que las modificaciones legislativas que se prevé aprobar se ceban especialmente con las donaciones en las que media parentesco, a sabiendas de que son las únicas operaciones que se pueden planificar. Esto, obviamente, no ocurre en el caso de las transmisiones mortis causa.

 

Las modificaciones que hemos comentado, afectarán principalmente a aquéllos donatarios que tengan un patrimonio preexistente superior a dos millones de euros, ya que perderán la reducción de 100.000 euros. Si a eso le unimos la supresión de la bonificación por parentesco, el resultado puede ser una tributación ruinosa para la donación, en comparación con la que resultaría de realizar la operación antes de final de año.

 

En definitiva, cada contribuyente debe decidir si le conviene anticipar la formalización de una donación, y realizarla antes de final de año, para poder beneficiarse así de los actuales beneficios fiscales.

 

Si cree que le interesa realizar una donación antes de final de año no lo dude... ¡Consúltenos!.