El copago judicial más cerca

La búsqueda de un sistema complementario de financiación de determinados servicios públicos, mediante la fórmula del copago, está a la orden del día. Con ello se pretende contribuir al mantenimiento de dichos servicios y contener su uso innecesario. Pero ¿pueden acaso considerarse superfluos los servicios que el ciudadano demanda de la administración de justicia?

El Gobierno, con la reciente publicación del proyecto de ley para la regulación de determinadas tasas en el ámbito de la administración de justicia, ha dado los primeros pasos para que el coste del aparato judicial sea soportado, en parte, por quienes acuden a los tribunales. La medida está siendo muy cuestionada pues para muchos supone un claro obstáculo al derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

Aunque dichas tasas vienen siendo exigidas desde el año 2003 a las personas jurídicas, su aplicación quiere extenderse ahora a las personas físicas que pidan justicia a los tribunales. También se pretende ampliar su aplicación a la jurisdicción social, quedando al margen de la tasa únicamente el orden penal. Por otra parte, con la nueva reforma se incrementará sensiblemente el importe de dichas tasas, encareciendo así el acceso de los ciudadanos a la justicia.

Cuestión aparte son los depósitos que la interposición de un recurso conlleva, y que de estimarse total o parcialmente este por el tribunal se devuelven íntegramente al recurrente. En caso contrario, el interesado pierde el depósito que será destinado a sufragar los gastos correspondientes al derecho a la asistencia jurídica gratuita, y a la modernización de la administración de justicia, circunstancia que hace todavía más injustificables las tasas que ahora se quieren imponer.

Lo cierto es que el reconocimiento judicial de los derechos de los ciudadanos no debería quedar condicionado al pago de una contraprestación. Habrá que esperar, en todo caso, al texto definitivo de la ley que se apruebe finalizado el trámite parlamentario.