Comentamos en el periódico La Razón una reciente sentencia del Tribunal Supremo donde se considera prescrita la derivación de responsabilidad solidaria (recogido en artículo 42 de la Ley General Tributaria), pasados cuatro años desde el impago del deudor a Hacienda.
El Supremo determina que la responsabilidad fiscal solidaria prescribe a los 4 años