La deducción de gastos del vehículo es uno de los campos de batalla más habituales entre contribuyentes autónomos, y la Agencia Tributaria. Y es que ésta última niega la deducción de todos los gastos que genere un vehículo, si no se acredita su afectación exclusiva a la actividad. Sin embargo, esta situación está empezando a cambiar, existiendo ya Tribunales Económico-Administrativos que permiten la deducción de los gastos de desplazamiento, para no hacer de peor trato al contribuyente que viaja con su vehículo particular, respecto al que lo hace utilizando transporte público.
Ciertamente, estamos ante situaciones muy habituales, y en las que hay que diferenciar lo que son gastos inherentes a la propiedad del vehículo (amortización, seguros, reparaciones...), de lo que son gastos de desplazamiento. Respecto a estos últimos, algunos TEAR están permitiendo la deducción, siempre que el contribuyente acredite la finalidad comercial del desplazamiento.
José María Salcedo, socio del despacho, analiza las resoluciones de los TEAR que están dando la razón a los contribuyentes, y sus argumentos. Y da las claves para que los contribuyentes que consideren injusta esta imposibilidad de deducir los gastos de desplazamiento en su vehículo particular, puedan plantar cara a Hacienda, y exigir el derecho a practicar dicha deducción.