¡No se conforme! Plántele cara a Hacienda

¡NO SE CONFORME! PLÁNTELE CARA A HACIENDA

Las liquidaciones dictadas por la Agencia Tributaria, tienen un curioso efecto paralizante sobre la mayoría de contribuyentes. En algunos casos, el contribuyente teme incluso abrir el sobre que se le ha remitido, esperando lo peor, y sobre todo, considerando que lo que Hacienda exija en dicha carta es definitivo, y nada se va a poder hacer.

Mediante la compensación de bases imponibles negativas, prevista en el Impuesto de Sociedades, los contribuyentes pueden compensar los beneficios obtenidos en un ejercicio, con las pérdidas generadas en ejercicios anteriores. Una resolución del TEAC ha declarado que dicha compensación es una “opción” para los contribuyentes, por lo que si no se ejercita en la declaración del impuesto ya no podrá llevarse a cabo. Sin embargo, no todos los Tribunales están de acuerdo con esto.

Las liquidaciones dictadas por la Agencia Tributaria, tienen un curioso efecto paralizante sobre la mayoría de contribuyentes. En algunos casos, el contribuyente teme incluso abrir el sobre que se le ha remitido, esperando lo peor, y sobre todo, considerando que lo que Hacienda exija en dicha carta es definitivo, y nada se va a poder hacer.

Dicha mentalidad, que Hacienda se ha preocupado en alimentar, debe ser definitivamente abolida. Y ello porque la experiencia nos demuestra que, afortunadamente, las liquidaciones y sanciones dictadas por la Administración pueden ser objeto de control judicial, si así lo insta el contribuyente, y que en la mayoría de los casos terminan siendo anuladas total o parcialmente por los Tribunales.

Para ello, es necesario comenzar por cambiar la actitud, en la mayoría de las veces temerosa, que el contribuyente, y lo que es más grave, su asesor, mantienen frente a la Hacienda Pública. Se ha extendido la creencia de que cuando la Agencia Tributaria realiza una comprobación, hay que colaborar con ella, y facilitar en todo lo posible su labor, cuando lo cierto es que la colaboración que se nos pide es para que Hacienda nos practique una liquidación, que mermará nuestro patrimonio. ¿Es lógico pues, dar todas las facilidades para que esto ocurra? En el ámbito penal existe el derecho a no declarar contra uno mismo. Sin embargo, parece que esto se olvida cuando se está frente a un Inspector de Hacienda.

Por ello, desde nuestro despacho de abogados en valencia, con especialistas en derecho fiscal, siempre hemos tenido claro que el compromiso de defensa que asumimos con el contribuyente, es incompatible con una actitud colaboracionista con la Administración, al ser los intereses de uno y otro totalmente opuestos.

Por tanto se debe aportar la documentación que justifique las operaciones realizadas, pero esta no debe comprometer al contribuyente, ni privarle de cualquier posibilidad de defensa si más adelante quisiera interponer un recurso.

Y cuando lo inevitable pasa, y el procedimiento de comprobación termina con una liquidación, o se nos ha impuesto una sanción, se ha de analizar la misma con espíritu crítico, teniendo en cuenta que afortunadamente Hacienda no tiene la última palabra, y sus criterios e interpretaciones no son definitivos ni imperativos para los contribuyentes.

Así, el recurso se convierte en la práctica totalidad de los casos en la única forma de solucionar los problemas frente a una Hacienda, que nunca, salvo contadas excepciones, va a estimar nuestras alegaciones en el procedimiento, ni va a rectificar su liquidación.

Y es que recurrir no es ningún problema, si se contrata al profesional adecuado. Normalmente el pago de la deuda podrá suspenderse mientras dure la tramitación del recurso, por lo que el contribuyente podrá temporalmente olvidarse del tema.

Además, los motivos que pueden alegarse no solo engloban los relativos al fondo del asunto, sino también los formales, relativos al modo en que se ha tramitado el procedimiento, y a la posible indefensión que se ha podido causar al contribuyente. Y es que en ocasiones Hacienda olvida que no todo vale para perseguir al contribuyente.

Todo lo anterior desemboca en un gran número de sentencias que, cada día, anulan liquidaciones y sanciones tributarias, lo que debe hacer reflexionar al contribuyente, sobre si le es tan beneficioso conformarse y no recurrir, como Hacienda pretende hacerle creer.