¿Qué alternativas tiene el arrendador ante las medidas contra la inflación para los alquileres de vivienda?

El Gobierno cerró el año 2022 con la aprobación de un paquete de medidas que tendrán un gran impacto en los alquileres de vivienda. Con ello se pretende paliar los efectos de la inflación para evitar una subida generalizada de los alquileres. Pero sin tener en cuenta que los arrendadores, en gran medida pequeños ahorradores, también padecen la situación inflacionista. Y están soportando un incremento notable de los gastos derivados del alquiler. Por ello conviene saber qué alternativas tiene el arrendador ante las medidas contra la inflación para los alquileres de vivienda. 

 

¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS APROBADAS PARA LOS ALQUILERES DE VIVIENDA?

Las medidas aprobadas por el Gobierno, que entraron en vigor el pasado día 28-12-2022, se recogen en el Real Decreto-Ley 20/2022. En síntesis, son tres las principales medidas que se han adoptado en el ámbito de los alquileres de vivienda. Una de ellas, que ya se acordó para paliar los efectos de la crisis del Covid-19, es la suspensión extraordinaria del procedimiento desahucio o lanzamiento. Que podrá instar el inquilino hasta el 30-06-2023, siempre que se encuentre en una situación de vulnerabilidad económica.

Por otra parte, se habilita una prórroga extraordinaria de 6 meses para los contratos de alquiler de vivienda que finalicen antes del 30-06-2023. Que deberá aceptarse por el arrendador a petición del inquilino. Y cuyo cómputo se iniciará desde la finalización del contrato. Manteniéndose durante dicho periodo de prórroga las mismas condiciones del contrato en vigor. Además, se extiende hasta el 31-12-2023 el límite de la actualización de los alquileres de vivienda. De manera que la actualización de renta que proceda no podrá exceder del 2% anual.

¿QUÉ PROBLEMÁTICA PLANTEA PARA EL ARRENDADOR TALES MEDIDAS?

La subida generalizada de precios de los bienes de consumo afecta a todos. Sin embargo, las medidas adoptadas en materia de alquiler inciden en la congelación de las rentas. Obviando que también se ha producido un incremento de los gastos vinculados al alquiler. No en vano, la subida de tipos de interés de las hipotecas está afectando a muchos arrendadores. Que ya no pueden cubrir con el alquiler que perciben los costes de la hipoteca de la vivienda que arriendan.

Además, también se ha producido como consecuencia de la inflación un aumento notable de los costes asociados a la tenencia de un inmueble. Con el consiguiente incremento de los gastos de comunidad de propietarios. Que normalmente debe asumir el arrendador-propietario si se ha pactado que el pago del alquiler incluya dichos gastos. A lo que habrá que añadir el importe correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que satisfará igualmente el casero.

¿QUÉ ALTERNATIVAS TIENE EL ARRENDADOR ANTE DICHAS MEDIDAS?

Las medidas adoptadas pueden conllevar para el arrendador, según los casos y las circunstancias, un grave contratiempo. Viéndose obligado a buscar alternativas para paliar una situación económica desfavorable. En tal caso, una posibilidad que cabría plantear al inquilino es la firma anticipada de un nuevo contrato de alquiler. Que garantice al inquilino una continuidad en la vivienda a cambio de incrementar la renta a percibir por el arrendador.

Otra opción para recuperar la vivienda alquilada es que se inste al inquilino a desalojarla a los que se mudaron a una segunda residencia con motivo de la pandemia del Covid-19. Y ahora estén pensando en regresar a su vivienda habitual por circunstancias varias. En todo caso, dicha posibilidad deberá llevarse a cabo según los términos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 24/1994 de Arrendamientos Urbanos.

No obstante, cada caso tiene una particular problemática, que debe ser analizada caso por caso. ¡Consúltenos!