¿Puede Hacienda sancionarme, si me niego a darle documentación que está en un domicilio protegido?

En el marco de una Inspección Tributaria, es posible que Hacienda trate de entrar en el domicilio del contribuyente, sin contar con autorización judicial. Y, ante la negativa del contribuyente a aportarle documentación que se encuentra dentro de dicho domicilio, pretenda imponerle una sanción por obstrucción. ¿Es esto posible?

sanción por obstrucción

En efecto, el domicilio de las personas físicas y jurídicas es inviolable. Y la Inspección, cuando el titular del domicilio le niegue la entrada, no puede entrar en él sin autorización judicial. Por ello, cabe plantearse si es de recibo imponer una sanción por obstrucción a un contribuyente que, en el ejercicio de sus derechos fundamentales, niega a la Inspección el acceso a documentación que se encuentra en su domicilio, constitucionalmente protegido.

Sin embargo, hay que tener en cuenta los distintos supuestos que pueden plantearse, según el caso. Por ello, José María Salcedo, socio del despacho, analiza en este vídeo recientes resoluciones judiciales y administrativas que tratan esta cuestión. Y determinan en qué supuestos, la negativa al acceso a la documentación podría constituir obstrucción, y ser sancionable. Y en cuáles no.

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