¿Puede un administrador con cargo gratuito cobrar una nómina de la sociedad por otros trabajos?
PREGUNTA.- Soy administrador y socio de una sociedad, en la que tengo una nómina por el trabajo (de tipo administrativo, facturación, relación comercial con clientes) que desempeño en la empresa. Mi cargo de administrador es gratuito. ¿Debería contemplarse en los estatutos sociales dicha retribución para ser deducible en el Impuesto sobre Sociedades?
SOLUCIÓN.- Por los datos que nos ha facilitado, corre el riesgo de que Hacienda asimile sus funciones con las de administrador o gerente de la sociedad, y siendo en estatutos gratuito el cargo de administrador, se consideren la retribución no deducible. En nuestra opinión, si la empresa es pequeña, las labores de administración y de relación con clientes suponen en la práctica la administración o gerencia de la entidad.
Puede ver cuál es el criterio de la Dirección General de Tributos, pinchando aquí.
En consecuencia, consideramos que lo más seguro sería proceder a modificar los estatutos fijando el cargo como retribuido, y pasando a cobrar nóminas de administrador con la retención del 42%.