Publicado en el nº 4 de la revista “Conciencia Fiscal”, página 6, de Venezuela
En ocasiones, la contabilidad puede reflejar una deuda, arrastrada ejercicio a ejercicio desde tiempo inmemorial, y cuyo origen realmente se desconoce. En estos casos, la Inspección presumirá la existencia de una renta oculta, no declarada, tratando de imputarla al ejercicio más antiguo de entre los no prescritos. Frente a ello, ¿puede utilizarse la contabilidad como prueba?






